Ángel Harry Lindao Vera, exjuez de La Concordia acusado de emitir nueve acciones de garantías constitucionales para liberar a procesados por narcotráfico y robo con asesinato, recibió una condena en el Caso Plaga tras acogerse al procedimiento abreviado y a la cooperación eficaz. Fue sentenciado a una pena mínima de 35 meses de prisión (dos años y once meses), al pago de una multa de 12 Salarios Básicos Unificados ($5.520) y a una reparación material que incluye dos rubros: uno de $11.040 y otro de $56.000.
La sentencia, emitida la tarde de este miércoles 22 de enero, es el resultado de un acuerdo en el que se aplicaron dos penas reducidas dentro de la misma causa. Este convenio fue negociado entre el procesado y la Fiscalía, y finalmente aprobado por el conjuez temporal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Edison Cantos. Lindao fue condenado como autor en calidad de colaborador de la organización criminal.
La primera condena dictada en el Caso Plaga contra el exjuez Ángel Harry Lindao fue de 44 meses de prisión, resultado de su decisión de acogerse al procedimiento abreviado. Lindao aceptó de manera voluntaria los hechos imputados y asumió su responsabilidad en el delito de delincuencia organizada, al colaborar con una organización criminal dedicada a otorgar acciones constitucionales a personas privadas de libertad con sentencias penales vinculadas a diversas organizaciones delictivas.
La Fiscalía señaló que las decisiones judiciales que beneficiaron a personas privadas de libertad fueron logradas mediante el abuso y la distorsión de las garantías jurisdiccionales. Estas acciones generaron ganancias indebidas para el exjuez Lindao Vera, quien habría recibido $56.000 en efectivo por emitir resoluciones ilegales. Según el fiscal Wilson Toainga, este pago fue corroborado mediante pruebas contundentes presentadas en el caso.
La sentencia incluye como parte de la reparación económica la devolución de los $56.000 que Lindao obtuvo de forma ilícita al facilitar estas decisiones judiciales.
En el Caso Plaga, esta es la segunda condena por procedimiento abreviado. Hasta ahora, 11 personas han solicitado someterse a este proceso rápido por el delito de delincuencia organizada. La noche del martes pasado, el conjuez Edison Cantos condenó a 27 meses de prisión a Lenin Javier Vimos Vimos, un abogado señalado como uno de los cabecillas de la red delictiva. Al igual que Lindao, Vimos logró una reducción de pena tras acogerse al procedimiento abreviado y proporcionar información clave como parte de su cooperación eficaz.
CASO PLAGA
En el Caso Plaga, un total de 31 personas fueron investigadas. De ellas, 11 optaron por el procedimiento abreviado, una forma de justicia negociada. Por otro lado, la Fiscalía emitió un dictamen abstentivo en favor de María José Lapo Capa y Víctor Samuel Vega Noblecilla, excluyéndolos del proceso. Esto deja a 18 sospechosos que enfrentarán la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio.
Según el fiscal Wilson Toainga, el caso evidencia una compleja red de delincuencia organizada, en la que convergen múltiples acciones ilegales ejecutadas de manera estructurada.
“Este tipo de criminalidad busca paraísos jurídicos penales, donde las conductas ilícitas puedan ser cometidas y donde se asegure alguna forma de evitar su responsabilidad penal. En ese contexto los factores de financiamiento, planificación y dirección orientados a la compra de impunidad son evidentes, pues la tendencia del crimen organizado en la antijuricidad es la utilización de facilitadores y proveedores para la desnaturalización del derecho en la búsqueda de alcanzar libertades ilegítimas de acuerdo a los fines de la organización”
concluyó Toianga.