Corte Constitucional admite demanda contra prohibición de celulares en la segunda vuelta electoral

La Corte Constitucional de Ecuador admitió a trámite una acción pública de inconstitucionalidad contra la resolución que prohíbe el uso de celulares y dispositivos electrónicos durante el sufragio en la segunda vuelta electoral de abril de 2025.

La Corte Constitucional de Ecuador admitió a trámite una acción pública de inconstitucionalidad contra la resolución que prohíbe el uso de celulares y dispositivos electrónicos durante el sufragio en la segunda vuelta electoral de abril de 2025.

Proceso legal en marcha

El Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte resolvió este 21 de marzo remitir el caso al pleno de la Corte Constitucional para su análisis. La acción fue presentada el 17 de marzo por Jorge Washington Andrade Escobar, quien argumenta que la prohibición establecida en el artículo 1 de la resolución PLE-CNE-2-13-3-2025 del Consejo Nacional Electoral (CNE) vulnera principios constitucionales.

El demandante solicita que se declare la inconstitucionalidad total o parcial de la norma y de cualquier otro artículo relacionado con esta restricción. Además, pidió la suspensión provisional de la prohibición mientras se resuelve el caso, pero esta solicitud fue rechazada por la Corte.

Normativa en debate

La prohibición del uso de celulares durante el sufragio busca garantizar el secreto del voto y prevenir prácticas como el control de electores. Sin embargo, la acción presentada argumenta que la restricción vulneraría derechos constitucionales como la libertad de comunicación y el acceso a la información.

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