La Corte Constitucional del Ecuador emitió este jueves, 4 de septiembre de 2025, su dictamen sobre las propuestas presentadas por el presidente Daniel Noboa. El análisis incluyó cuatro preguntas de referendo, una de consulta popular y una reforma parcial, planteadas el pasado 13 de agosto.
El fallo estableció que sí proceden como enmiendas constitucionales:
- Trabajo por horas en el sector turístico, exclusivamente en la primera relación laboral y con garantías de derechos.
- Reducción del número de asambleístas, respetando los criterios de representación territorial y poblacional.
En cambio, la Corte determinó que no pueden tramitarse como enmienda las propuestas de:
- Eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
- Permitir juicios políticos a jueces de la Corte Constitucional.
El organismo recalcó que las enmiendas están diseñadas para cambios puntuales que no modifiquen la estructura esencial del Estado ni restrinjan derechos fundamentales.
Sobre la consulta popular para autorizar casinos y salas de juego en hoteles cinco estrellas, la Corte negó el pedido, argumentando que no cumplía con los principios de claridad y lealtad que deben regir este tipo de preguntas.
Tampoco dio paso a la reforma parcial que planteaba la castración química obligatoria para sentenciados por delitos sexuales, ni a la creación de un registro confidencial de estas personas. Según el dictamen, la medida no es adecuada para prevenir la reincidencia y vulnera derechos constitucionales.
El pronunciamiento de la Corte no representa todavía la aprobación del referendo, sino que marca las vías jurídicas correctas para la eventual modificación de la Constitución.