La devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad en Ecuador permite recuperar parte del impuesto pagado en bienes y servicios de primera necesidad, siempre que las compras cuenten con comprobantes electrónicos emitidos a nombre del beneficiario. Para acceder al beneficio, es obligatorio registrarse o habilitarse en el SRI antes de solicitar el reembolso.
Tienen derecho los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros residentes que hayan cumplido 65 años, así como personas con discapacidad igual o superior al 30 %, reconocida por el Ministerio de Salud Pública. El beneficio aplica únicamente dentro del país y sobre consumos personales.
El monto máximo que puede devolverse cada mes equivale a dos salarios básicos unificados multiplicados por la tarifa del IVA vigente. Para 2025, con un SBU de USD 470 y un IVA del 15 %, el límite mensual asciende a USD 141.
Beneficio tributario mensual del IVA para periodos anteriores:

En personas con discapacidad, el valor se ajusta de manera proporcional al porcentaje de discapacidad, según lo establecido en la normativa vigente y conforme a la siguiente tabla:
