En febrero de 2025, los contribuyentes deben cumplir con tres obligaciones tributarias ante el Servicio de Rentas Internas (SRI). Entre ellas destacan la declaración mensual del IVA y la presentación de la proyección de gastos personales, trámites esenciales para el cumplimiento fiscal.
Para facilitar este proceso, Ecuavisa.com pone a disposición el calendario tributario, donde los ciudadanos pueden consultar las fechas de vencimiento y asegurarse de realizar sus declaraciones y pagos dentro del plazo establecido.
Anexo de gastos personales
Las personas naturales que en el 2024 obtuvieron ingresos superiores a la base imponible desgravada y que utilizaron gastos personales, están obligadas a presentar este anexo tributario ante el Servicio de Rentas Internas (SRI).
La entrega de este documento se debe realizar de acuerdo con el noveno dígito de la cédula o RUC, siguiendo el cronograma oficial establecido por las autoridades:
Proyección de gastos personales
Las personas naturales deben presentar este documento dentro del plazo establecido por su empleador, sin exceder el 28 de febrero.
Los contribuyentes en relación de dependencia tienen la opción de entregar a sus empleadores la proyección de gastos personales correspondientes al 2025, lo que permitirá calcular y aplicar la rebaja en el impuesto a la renta de manera anticipada.
Declaración mensual del IVA
Esta declaración debe ser realizada por las personas que prestan servicios profesionales y emiten factura con una tarifa del 15 % de IVA.
Reporte de Beneficiarios Finales y de Composición Societaria
Este anexo debe ser presentado por sociedades, sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país y establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes.
La información correspondiente al corte del 31 de diciembre de 2024 deberá ser reportada dentro de los plazos establecidos, según el siguiente cronograma:
Las sociedades que hayan sido constituidas o establecidas durante el ejercicio fiscal, así como aquellas que presenten modificaciones en la información reportada, deberán presentar el anexo hasta el 28 del mes siguiente a la fecha de su constitución o del cambio registrado.
Para el pago de Declaraciones de Impuestos y deudas pendientes, los contribuyentes pueden utilizar las siguientes alternativas: convenio de débito, pago en línea, botón web, tarjeta de crédito, ventanillas institucionales y títulos de valores.
En el caso de los impuestos vehiculares, están habilitadas las opciones de pago en línea, botón web, tarjeta de crédito y ventanillas institucionales.
Si desea conocer más sobre el procedimiento de pago de cada opción, puede hacer clic aquí.