El juez de la Unidad Judicial Multicompetente Penal con sede en Montecristi, Manabí, Leiver Quimis, quién aceptó la acción de protección para formar una veeduría que evalúe a la Corte Constitucional (CC) podría enfrentar una sanción por presunto prevaricato, tal como el artículo 286 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la sentencia 2231-22-JP 123 de la misma Corte Constitucional (CC).
El artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que los miembros de la carrera judicial que emitan fallos en contra de la ley expresa o en perjuicio de una de las partes procesales en la tramitación de casos pueden ser sancionados con pena privativa de libertad de cinco a siete años, una multa de 20 a 30 Salarios Básicos Unificados (SBU) y una inhabilitación para ejercer la profesión por 12 meses.
La sentencia 2231-22-JP 123 de la Corte Constitucional (CC) respalda la idea de que los jueces constitucionales pueden ser procesados y eventualmente sancionados por cometer prevaricato. Israel Cedeño, director regional de Manabí y representante de la Procuraduría General del Estado (PGE), ha presentado una denuncia contra Leiver Quimis en la Fiscalía por permitir la acción de protección. Según la Procuraduría, la sentencia de la CC no excluye esta posibilidad y respalda la competencia de la Fiscalía para investigar conductas que puedan constituir otros delitos relacionados con la eficiencia de la administración pública, supuestamente cometidos por jueces constitucionales de la función judicial.
Antonio Pachai Ortiz, agente fiscal de la Fiscalía de Manabí, presentó formalmente una denuncia el 1 de septiembre de 2023 contra Leiver Quimis bajo la sospecha de haber cometido prevaricato.