El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha implementado una modificación fundamental en el proceso de cumplimiento de obligaciones fiscales a partir de este 1 de junio de 2026. Con el objetivo de simplificar los procedimientos y brindar mayor claridad, la entidad estableció que la declaración del impuesto al valor agregado (IVA) será considerada válida únicamente cuando el sistema registre de forma simultánea el pago total del tributo.
Nuevas reglas para la declaración del IVA
Bajo esta normativa, cualquier declaración del impuesto al valor agregado (IVA) que no cuente con el pago íntegro carecerá de validez legal. Esta disposición es estricta, incluso en aquellos casos donde una parte del valor adeudado haya sido compensada mediante notas de crédito. El cambio fue oficializado tras la reforma de la resolución 1065, mediante la resolución n.° NAC-DGERCGC26-00000016, un anuncio que el SRI anticipó en abril pasado.
Excepciones al cumplimiento tributario
La medida es de aplicación general, aunque existen excepciones temporales para sectores específicos:
- Contribuyentes que forman parte del sistema de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Exportadores de bienes registrados en el Catastro de Exportadores del Sistema de Devolución IVA (Sistema SDII) con la marca de «ACTIVO».
- Proveedores directos de dichos exportadores de bienes, siempre que cumplan con las condiciones establecidas en la resolución técnica.
Estas excepciones permanecerán vigentes hasta que la administración tributaria adecue sus plataformas digitales para permitir el cumplimiento de esta obligación en dichos sectores.
Recomendaciones para el contribuyente
Debido a la importancia de este ajuste, el SRI insta a la ciudadanía a realizar la presentación de la declaración del impuesto al valor agregado (IVA) con la debida anticipación a la fecha de vencimiento. Esta práctica permitirá evitar contratiempos técnicos y garantizará que todos los contribuyentes cumplan oportunamente con sus responsabilidades fiscales bajo la nueva normativa vigente.