¡CRUCIAL DECISIÓN! ASAMBLEA NACIONAL DEBERÁ DECIDIR SOBRE EL ENJUICIAMIENTO PENAL DE JORGE GLAS

Luis Rivera, juez de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) difirió, hoy 29 de noviembre de 2023, la audiencia de formulación de cargos solicitada por la Fiscalía General del Estado (FGE) que investiga un presunto delito de peculado en contra de Jorge Glas, en el denominado caso “Reconstrucción de Manabí”. Rivera acogió un pedido de Jorge Glas, que el 11 de septiembre de 2023, envió un oficio en el que invoca el artículo 120, numeral 10 de la Constitución.

LUIS RIVERA

La norma señala que la Asamblea Nacional tiene la atribución de “autorizar con la votación de las dos terceras partes de sus integrantes, el enjuiciamiento penal de la presidenta o presidente, o de la vicepresidenta o vicepresidente de la República, cuando la autoridad competente lo solicite fundadamente”. Wilson Toainga, fiscal subrogante, salió al paso del incidente provocado por la defensa técnica de Jorge Glas.

Dijo que, si bien es cierto, una de las atribuciones de la Asamblea consta en el artículo 120 relacionada con la inmunidad de forma, aclaró, sin embargo, que la inmunidad de la que gozan los ciudadanos que ejercen las funciones de presidente y vicepresidente de la República solo es de forma por cuanto la norma protege al presidente y vicepresidente mientras ejercen la función o cargo.

Si los hechos denunciados que fueron cometidos en el ejercicio de funciones y el enjuiciamiento penal se lo hacen después del ejercicio de funciones, la autorización de la Asamblea para el enjuiciamiento penal no cabe y no es necesaria, consideró Toainga.

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